Hola! Que raro es este pais! Acabo de averiguar para traer un kit calmini. Abajo pego la respuesta de la AFIP. Se puede pero con tramite de homologacion previo y solo que sean que sean repuestos nuevos. Ahora aparecen estos casos (gracias por compartir y no se entiende un pomo). Asi que parece una loteria no? Al que toca toca.
ESTIMADO CIUDADANO:
A continuación podrá observar la consulta efectuada a esta Administración Federal y la gestión realizada.
N°: 1335069
22/04/2017 00:38
FINALIZADA
TIPO DE CONSULTA:CONSULTAS ADUANERAS > ENVÍOS POSTALES Y COURIER
PREGUNTA DEL CIUDADANO:
RESPUESTA
Le informamos que los repuestos nuevos alcanzados por la obligación vinculada al CHAS (Certificación de Homologación de Autopartes y/o elementos de Seguridad) no podrán importarse por la vía postal, debiendo importarse al amparo del Régimen General de Importación.
Para mayor información respecto a los repuestos alcanzados, deberá comunicarse con el Ministerio de Producción a través del correo xx@xxón.x.axr
Asimismo informamos a continuación la pregunta frecuente que figura en nuestra página Web:
Para ver este enlace tenes que estar Identificado en el foro., dentro de la sección “¿Necesitás Ayuda?”opción “ABC/ Preguntas Frecuentes”.
ID 17559133
¿Cuál es el procedimiento para importar un repuesto de un automotor?
22/01/2015 12:00:00 a.m.
Para realizar la importación de un repuesto automotor mediante el régimen de envíos postales y courier, intervendrá previamente la Secretaría de Industria. Asimismo se debe tener en cuenta que ley 24.449 establece que todo componente o pieza destinada a repuestos de vehículos automotores, acoplados o semiacoplados, definidos como - autopartes de seguridad -, que se fabriquen en el país o se importen, para poder comercializarse en el mercado de reposición exclusivamente, deben cumplir las condiciones de seguridad según lo establecido en la Resolución 91/2001, debiendo estar certificadas como repuesto no original según Decreto 779/95.
Obtenida la Licencia de Certificación, se deberá tramitar el C.H.A.S (Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad) ante la Dirección Nacional de Industria, delegada en el el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), quien informará periódicamente a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA el listado que se menciona en el artículo 20 de la resolución ex S.I. 91/2001.
CHAS, es el instrumento que habilita la comercialización, importación o transferencia por cualquier título en el Territorio Nacional de la autoparte y/o elemento de seguridad de que se trate para el mercado de reposición.
A efectos de solicitar autorización de importación se presentará, por duplicado, el formulario "Solicitud para importar mercaderías por personas físicas sin finalidad comercial y/o industrial" (OM-2153-A), según corresponda, ante la Dirección Aduana de Buenos Aires, la Dirección Aduana de Ezeiza o las Divisiones Aduana dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, adjuntando la documentación requerida para importación de la mercadería que se trate.
ACLARACIÓN: El ingreso de partes y repuestos de automotores se encuentran excluidos del Régimen de Equipaje (Art. 59 Decreto 1001/82)
Fuente: CIT AFIP
Podrá consultar la normativa citada en “Biblioteca Electrónica” ingresando en nuestra página Web:
Para ver este enlace tenes que estar Identificado en el foro.M.M.
Espero que sirva pa alumbrar un poco el asunto.
Ova
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk