Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
- juliojose
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Re: Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
Estimados: Hoy fui a hacer el grabado, creyendo que se había vencido en Mayo el plazo en Provincia de Buenos Aires para los vehículos en los cuales estaba incluído mi Civic 99, peeero.......además de sentir que me estaban metiendo las manos en el bolsillo, el empleado del lugar me dijo que EL PLAZO VENCE EN MAYO DEL AÑO QUE VIENE. No se si es cierto, pero estuve buscando todo lo escrito y publicado y me generó gran confusión. En definitiva, tengo que grabar las autopartes de la GV 2006 y NO TENGO CLARO cuando vence el plazo, o sea, no se si el empleado tiene razón y vence en mayo del 2018 o si ya venció el plazo. El mismo chico me dijo que la gente se confunde mucho con CABA y GBA, que tienen plazos distintos. Lo planteo aquí porque creo que alguno estará en el mismo dilema, y quizás alguien nos pueda aclarar el tema. Alguien tiene claro el tema ? Me mintió el empleado del centro de Grabado? Cual es la verdad de la milanesa?
Re: Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
https://www.mseg.gba.gov.ar/rpva/
Deberá cumplirse con la obligación según el siguiente esquema:
Vehículos nuevos o usados, patentados y/o radicados en la Provincia de Buenos Aires con posterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen: deben realizar el grabado dentro de los 30 días. Si usted no ha grabado aún, regularice su situación acercándose a cualquier de los centros homologados.
Vehículos con hasta dos (2) años de antigüedad: Un año (1) para realizar el grabado.
Vehículos con hasta tres (3) a cinco (5) años de antigüedad: Dos (2) años para realizar el grabado.
Vehículos con más de cinco (5) años de antigüedad: Tres (3) años para realizar el grabado.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 14.497, los plazos se cuentan desde la reglamentación de la ley (cfr. Decreto 280/14 de fecha 13 de mayo de 2014).
Deberá cumplirse con la obligación según el siguiente esquema:
Vehículos nuevos o usados, patentados y/o radicados en la Provincia de Buenos Aires con posterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen: deben realizar el grabado dentro de los 30 días. Si usted no ha grabado aún, regularice su situación acercándose a cualquier de los centros homologados.
Vehículos con hasta dos (2) años de antigüedad: Un año (1) para realizar el grabado.
Vehículos con hasta tres (3) a cinco (5) años de antigüedad: Dos (2) años para realizar el grabado.
Vehículos con más de cinco (5) años de antigüedad: Tres (3) años para realizar el grabado.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 14.497, los plazos se cuentan desde la reglamentación de la ley (cfr. Decreto 280/14 de fecha 13 de mayo de 2014).
Socio 1574 - EX Chevrolet Grand Vitara TDi 2002
- juliojose
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Re: Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
Gracias Norberto, está clarísmonorbert0 escribió:https://www.mseg.gba.gov.ar/rpva/
Deberá cumplirse con la obligación según el siguiente esquema:
Vehículos nuevos o usados, patentados y/o radicados en la Provincia de Buenos Aires con posterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen: deben realizar el grabado dentro de los 30 días. Si usted no ha grabado aún, regularice su situación acercándose a cualquier de los centros homologados.
Vehículos con hasta dos (2) años de antigüedad: Un año (1) para realizar el grabado.
Vehículos con hasta tres (3) a cinco (5) años de antigüedad: Dos (2) años para realizar el grabado.
Vehículos con más de cinco (5) años de antigüedad: Tres (3) años para realizar el grabado.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 14.497, los plazos se cuentan desde la reglamentación de la ley (cfr. Decreto 280/14 de fecha 13 de mayo de 2014).

- Anibal Carmelo
- Suzukero
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- Ubicación: Bajo Belgrano . CABA
Re: Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
por eso me llego una carta de amor de CABA a mi mailjuliojose escribió:Gracias Norberto, está clarísmonorbert0 escribió:https://www.mseg.gba.gov.ar/rpva/
Deberá cumplirse con la obligación según el siguiente esquema:
Vehículos nuevos o usados, patentados y/o radicados en la Provincia de Buenos Aires con posterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen: deben realizar el grabado dentro de los 30 días. Si usted no ha grabado aún, regularice su situación acercándose a cualquier de los centros homologados.
Vehículos con hasta dos (2) años de antigüedad: Un año (1) para realizar el grabado.
Vehículos con hasta tres (3) a cinco (5) años de antigüedad: Dos (2) años para realizar el grabado.
Vehículos con más de cinco (5) años de antigüedad: Tres (3) años para realizar el grabado.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 14.497, los plazos se cuentan desde la reglamentación de la ley (cfr. Decreto 280/14 de fecha 13 de mayo de 2014).

Si al momento de partir te sobra mucha $$$$$
!! HICISTE MAL LAS CUENTAS !!.
!! HICISTE MAL LAS CUENTAS !!.
- Fernando72
- Re - Suzukero !!
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- Ubicación: Tandil
Re: Ahora hay que grabar puertas, capot, baul ...
Segun un amigo que hace el grabado aca en Tandil, ya esta vencido el plazo para todos, lo que me dijo fue que solo gendarmeria lo pide, no se si le entendi bien........????? 
