Defensoría del Pueblo y multas truchas II

En este lugar van todos los mensajes que sean para socializar, presentarse, mostrar, saludar, consultar, informar, etc. Es el espacio principal del foro para todas las consultas e información general (No Mecánicas). Por seguridad se recomienda no publicar direcciones, puntos de encuentro ni información personal, ni en este ni en ning[un otro de los foros. Todo tema que refiera directa o indirectamente a cuestiones políticas, religiosas, futbolísticas o cualquier otro tema de sensibilidad social ajeno al objeto central del Foro será removido sin necesidad de previo aviso o justificación (ante cualquier duda, leer el reglamento del foro). Para esos menesteres está "El Cafecito Suzukero"
Responder
Avatar de Usuario
Fernando
Suzukero Fanático !!!
Mensajes: 1823
Registrado: 19 Ago 2004 02:17
Ubicación: Buenos Aires

Defensoría del Pueblo y multas truchas II

Nota por Fernando »

Les envío la "Carta Modelo" para el descargo de las multas truchas que envió la Defensoría del Pueblo. La página es http://www.ciudadyderechos.org.ar.
Saludos,

La nota modelo que se envía a continuación debe completarla con sus datos y/o los de la multa y remitida por carta documento al Municipio que emitió la multa fotográfica.

REF. ACTA DE INFRACCIÓN Nº DE FECHA -

DESCARGO: Rechazo en todos sus términos el acta relacionada. Niego la existen-cia de tal supuesta falta contravencional incoada. Niego validez del acta de cons-tatación de la supuesta infracción, ya que no cumple con lo establecido por el art. 16 inc. f) de la Ley Provincial 8980 de control por radares, en cuanto que no consta en la misma la identificación del equipo utilizado mediante el número o código asignado por el registro de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia, la que es autoridad de aplicación según lo dispone el art. 3º de la misma, y art. 2º que establece que su ámbito de aplicación son todas las “rutas y caminos de dominio provincial y nacional en trayectos interurbanos o en travesías de zonas urbanizadas de municipios y comunas en todo el territorio de la Provincia de Córdoba”. Tampoco se cumplimenta con lo dispuesto por los arts. 13 y 14 de la mencionada ley, atento no contar ese Municipio con el permiso de emplazamiento y homologación otorgado por la autoridad de aplica-ción relacionada supra. Atento lo dispuesto por el art. 24 de la Ley 8980, el acta de infracción relacionada, es de nulidad absoluta, por lo que carece de eficacia. Por lo expuesto solicita tenga por presentado el descargo relacionado. -Hace re-serva de accionar judicialmente por los daños y perjuicios como así también de efectuar la denuncia penal ante la Fiscalía que por turno corresponda ante la su-puesta comisión de los delitos de Abuso de Autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 Código Penal). A todos los efectos legales a efectos de hacer valer sus derechos tanto en sede judicial como administrativa, deja constituido domicilio en.................Nº...................de esta Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires, .....................de 20.-
Fernando
Suzuki LJ80 con Garmin Etrex Legend HCx

Imagen
Responder