Quienes conduzcan alcoholizados, participen en "picadas", crucen vías con las barreras bajas o huyan tras participar de un accidente, podrían pasar hasta 60 días detenidos. El decreto, que además declara la emergencia vial, fue publicado en el Boletín Oficial.
Sociedad
El nuevo Código de Tránsito que rige desde hoy en la provincia de Buenos Aires prevé arrestos de hasta 60 días para automovilistas que conduzcan alcoholizados o bajo efecto de estupefacientes, participen en "picadas" o atraviesen un cruce ferroviario sin derecho de paso. También dispone la detención de los conductores que ignoren la luz roja en tres oportunidades o huyan luego de haber intervenido en un accidente.
Con la publicación del decreto 40 en el Boletín Oficial bonaerense, que deroga la ley 11.430 y sus modificatorias, quedó declarada la "emergencia en la circulación vial en rutas, caminos, autopista y semiautopistas provinciales" hasta el 31 de diciembre de 2007.
Según la nueva ley, hasta tanto el Poder Ejecutivo ponga en funcionamiento la Justicia de Infracciones de Tránsito de la Provincia, el organismo de juzgamiento será competencia de la Justicia de Faltas de las Municipalidades.
La reforma legislativa crea el Registro Único de Infractores de Tránsito e incorpora la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primaria y secundaria. En el capítulo referido a las sanciones, el nuevo Código estipula que existirán amonestaciones, multas, inhabilitaciones, arresto no redimible, concurrencia a cursos de educación vial y tareas comunitarias.
El modificado artículo 93 habilita el uso de radares para el control de vehículos, aunque aclara que esta tarea de control de velocidades "no podrá privatizarse ni concesionarse".
La nueva ley también estipula que una infracción que se detecte con esos aparatos "deberá ser notificada al infractor a una distancia no superior a los 10 kilómetros de ocurrido el hecho".
El nuevo Código de Tránsito prevé detenciones para automovilistas que conduzcan "en estado de intoxicación alcohólica" o bajo efectos de "estupefacientes", estén al mando de un "automotor no habilitado" o manejen cuando están inhabilitados. Además, dispuso detenciones para quienes "participen u organicen 'picadas' en la vía pública" o ignoren un semáforo con luz roja "a partir de la tercera reincidencia".
Los arrestos podrán realizarse también cuando el infractor cruce las vías del ferrocarril sin tener derecho de paso o intente huir tras participar en un accidente. En todos los casos, los arrestos no superarán 30 días y 60 en casos de reincidencia. En el caso de los mayores de 65 años, enfermos, lisiados o mujeres embarazadas, podrán cumplir los días de arresto en sus domicilios.
¿Se cumplirá con ALGO de todo esto?
