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Agradesco el haber hubicado el post donde corresponde , pero consulto ¿ no hay otro lugar alternativo ? como p q el q ande boludeando lo vea ya q com.y gps es muy espesifico y los neofitos ( me incluyo) rara vez entremos , gracias
Beto escribió:Con un Handy me prendo. me parece que se puede sacar buen precio entre todos.
YO COMPRE POR MI CUENTA EN ELV UN HANDY VX150 A $590,00, HACE 2 MESES, Y NO VI DIFERENCIA CON LOS PRECIOS QUE PUBLICABAN EN EL OTRO FORO.
YAESU FT-2800M $ 770.00
YAESU FT-1802M $ 755.00
YAESU FT-1802M x 5 UND $ 695.00
ADEMAS A EL PRECIO QUE PONEN SOBRE LAS BASES NO LE SUMAN LA
ANTENA QUE SALE 100 PESOS MAS, LOS CONECTORES/ADAPTADORES,
SOPORTE EXTERIOR, CABLES E INSTALACION, LA BASE TE SALE MAS O MENOS $1.200,00 MINIMO
UN ABRAZO
Roberto - Suzukero 174 (ex 2678) - LU5ARO MI UNICO DESEO AL MORIR SERA, QUE MI ESPOSA VENDA TODO AL PRECIO DE MERCADO Y NO AL PRECIO QUE LE DIJE QUE LO COMPRE
Numatay escribió:Ajá... Bueno, si hay algun interesado que no nesecite Factura "A", chifle, que hay un buen dato para comprar equipos a muy buen precio...
Y si lo ponés acá ? o es secreto como el precio del 128 ?
Numatay escribió:Ajá... Bueno, si hay algun interesado que no nesecite Factura "A", chifle, que hay un buen dato para comprar equipos a muy buen precio...
Yo no necesito factura de ningún tipo y me puede interesar una base. ¿Hay algo piola y en precio?
Bueno para los que estan buscando equipo de comunicaciones u tienen su licencia de LU ( Radioloco ) vigente, recuerden o sepan los que nó, esta vigente la ley 20.847 y reglamentada por Dto Nº1030/2004 instrumentos legales que permiten el ingreso al pais de equipamiento para Radioaficionados exento de derechos aduaneros y con restricciones de cantidad.-
Si hace falta publico ambos ( Ley y Dto ).-
Daniel
La vida es corta... pero si no hacemos algún bien ademas de corta resulta inutil.
Se puede importar toda una estacion de radioaficionado completa ( Handy,Base, antenas y modem digimodos y sus partes y repuestos) a condicion que no se fabrique en el pais, el tema de la homologación no estaría en discución el tràmite hay que hacerlo ante la CNC y la secretaria de comercio que extiende el certificado para poder presentarlo en AFIP-ANA, pero paa no hablar mas de lo que dice el texto del dto 1030/2004 reglamentario se los transcribo:
DECRETO REGLAMENTARIO SOBRE EXIMICION DE DERECHOS ADUANEROS A LA IMPORTACION DE MATERIAL RADIOELECTRICO PARA RADIOAFICIONADOS
BUENOS AIRES, 10 de Agosto de 2004
BOLETIN OFICIAL, 12 de Agosto de 2004
Vigente/s de alcance general
GENERALIDADES
CANTIDAD DE ARTICULOS QUE COMPONEN LA NORMA: 11
Síntesis :
SE REGLAMENTA LA LEY 20.847 QUE EXIME DE DERECHOS ADUANEROS A LA IMPORTACION DE MATERIALES RADIOELECTRICOS PARA RADIOAFICIONADOS.
Reglamenta a: Ley 20.847
TEMA
DECRETO REGLAMENTARIO-ARANCELES ADUANEROS-MATERIAL
RADIOELECTRICO-RADIOAFICIONADO
VISTO
el Expediente Nº 427.943/2001 del Registro de la Dirección General de Aduanas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO
Que el Artículo 1º de la Ley Nº 20.847 exime "... de todo derecho aduanero, recargos, depósitos previos y de cualesquiera otros requisitos cambiarios, la importación de materiales radioeléctricos destinados a la instalación, montaje, reparaciones y/o funcionamiento de estaciones de emisión y recepción para radioaficionados y entidades debidamente reconocidas".
Que dicha norma sujetó el otorgamiento del beneficio allí acordado al cumplimiento de las condiciones, requisitos y formalidades,
inclusive comprobación de destino, que considere conveniente establecer el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a reglamentar el mencionado precepto legal a los efectos de tornar viable su aplicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta de conformidad con la facultad otorgada por el Artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y el Artículo 1º de la Ley Nº 20.847.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Serán beneficiarios de las franquicias a que se refiere el Artículo 1º de la Ley Nº 20.847 los radioaficionados y las entidades debidamente reconocidas que los agrupen y que se encuentren inscriptos en la Comisión Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 2º - Aclárase que el beneficio conferido por la norma citada en el artículo anterior comprende al derecho de importación y a las tasas aduaneras retributivas de servicios, incluida la tasa de comprobación de destino.
Art. 3º - Por "materiales radioeléctricos" se entenderá UNA (1) estación radioeléctrica para uso de aficionados, compuesta de UN (1) equipo de base, UN (1) handy, UNA (1) antena y sus respectivos repuestos y accesorios. Los accesorios podrán comprender a UN (1) micrófono de palma, mano o mesa, UN (1) conversor de nivel y UN (1) Tnc-Modem para uso de packet y sus respectivos repuestos.
Art. 4º - Para ampararse en la franquicia conferida por la Ley Nº 20.847 los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Acreditar la vigencia de la licencia de radioaficionado o de Radio Clubes, según corresponda, al momento de la importación para consumo de la mercadería objeto de la franquicia. b) Presentar una Declaración Jurada ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, la que deberá contener un detalle preciso de la mercadería cuyo beneficio se pretende y el destino a la que será
afectada. c) Acompañar el certificado exigido por el Artículo 7º del presente decreto.
Art. 5º - La Dirección General de Aduanas autorizará el despacho de la mercadería libre de los tributos mencionados en el Artículo 2º previa presentación por parte del beneficiario de un Certificado expedido en forma conjunta por la Comisión Nacional de Comunicaciones y la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en el que conste que aquél ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la presente norma.
Art. 6º - La mercadería objeto de la franquicia deberá instalarse en el domicilio que el beneficiario tenga registrado ante la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Art. 7º - El otorgamiento de la franquicia queda sujeto a la inexistencia de producción nacional de la mercadería de que se trate. La SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA deberá certificar que los bienes a importar no se producen en el país o, en su caso, no se producen en la cantidad y/o la calidad requeridas.
Art. 8º - No se exigirá el requisito impuesto en el artículo anterior cuando mediare documentación fehaciente que acredite la donación de la mercadería por parte de una entidad extranjera o internacional no radicada en el país y su correspondiente aceptación formal por parte del beneficiario de la donación y su aprobación por parte de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Art. 9º - Las mercaderías objeto del beneficio estarán sujetas a comprobación de destino y no podrán ser enajenadas por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de su libramiento a plaza.
Art. 10. - El incumplimiento de los requisitos impuestos como condición para el otorgamiento del beneficio dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Código Aduanero (Ley Nº 22.415) y en la Resolución Nº 50 de fecha 20 de enero de 1998 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.
Art. 11. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
KIRCHNER-Fernández-Lavagna
La vida es corta... pero si no hacemos algún bien ademas de corta resulta inutil.
Gente como corresponde a mi rango , ya compre el Handy ADI AF-16/46 sin esperar a nadie ( si quieren saber como es entren a deremate , no me jodan a mi )
Pero consegui importantes descuentos :^o , paso a detallar las forma de pagos y precios :
Nombrando al SC sale $ 530
Nombrando al SC y presentado la Suzucard sale $ 530
Nombrandome a mi sale $ 530
Nombrandome a mi y presentando la Anarcard sale $690
y si lo pagan de contado iva incluido factura A sale $ 530
Espero q ahora nadie ponga en tela de juicio mi capacidad negociadora
Local de ventas Av. Constituyentes 5607 CF 4572-9887
Celta escribió:Gente como corresponde a mi rango , ya compre el Handy ADI AF-16/46 sin esperar a nadie ( si quieren saber como es entren a deremate , no me jodan a mi )
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Celta, TE CAGARON HERMANO. Por $530 te comprabas un handy ADI AF-16/46 en el local de Av. Constituyentes 5607 CF 4572-9887
Abrazaaaaaaaaaaaa
Mariano Suzukero # 1147 (ahora que esta de moda.... )